lunes, 14 de diciembre de 2009

EL ABORTO

EL ABORTO: un crimen tan normal en nuestra sociedad.

El Consejo de Ministros aprobó que contempla el aborto libre hasta la semana 14 y hasta la 22 en caso de riesgo de la vida o salud de la mujer o graves anomalías en el feto.Pasado este tiempo, "sólo se podría abortar en caso de problemas del feto que sean incompatibles con la vida"
¿Y en el caso de riesgo para la vida de la madre?
"En ese caso se hablaría de parto inducido, no de aborto..."

Así, se podrá interrumpir voluntariamente el embarazo sin alegar un porqué dentro de las primeras 14 semanas de gestación y permitir a las mujeres de 16 y 17 años tomar esa decisión sin que se vean obligadas a contárselo a sus padres. Esto, según la ministra de Igualdad Bibiana Aído, trata de dar coherencia al marco jurídico y evitar intervenciones clandestinas.

Tabla comparativa: las principales diferencias

Ley del aborto actual (1985)
Ley de indicaciones: Constituye un delito despenalizado en tres supuestos: si el embarazo es fruto de una violación -se permite en las 12 primeras semanas de gestación-, si el feto presenta graves taras físicas o psíquicas -el plazo es de 22 semanas- o si hay peligro para la vida de la madre o para su salud física o psíquica -en este supuesto no hay tiempo máximo-.
Sanidad: Menos del 3% de los abortos se practican en centros públicos. Algunas comunidades, financian estos servicios en otros centros.
Penalizaciones: Un aborto fuera de la ley podría enviar a la cárcel al médico -de 1 a 3 años- así como quedar inhabilitado entre uno y seis años. Para la mujer, podría haber pena de prisión, de seis meses a un año, o una multa.

Reforma de la ley (2009)
Ley de plazos:El aborto será libre hasta las 14 semanas. Hasta las 22 semanas si hay grave riesgo para la vida o salud de la mujer o graves anomalías en el feto -si se descubren anomalías incompatibles con la vida o enfermedad extremadamente grave e incurable no hay límite. En este caso, un comité médico dictaminará su pertinencia.
Sanidad: La sanidad pública sí garantizará la práctica del aborto o, al menos, lo financiará en centros privados concertados.
Penalizaciones: Desaparece la pena de cárcel para la mujer que aborte fuera de los casos permitidos. Se prevén multas que dependerán de las circunstancias. Para el médico, cárcel de uno a tres años e inhabilitación de uno a seis.


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